Al igual que hicimos con las modificaciones e inclusiones de nuevos delitos en el Código Penal, a causa de la entrada en vigor de la denominada «Ley de la Infancia» el día 25/06/2021. Nos hemos tomado la libertad de hacer lo propio con las modificaciones de la «Ley de la Infancia» en el proceso penal, esto es, en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Se intenta la declaración de personas menores y con discapacidad necesitadas de especial protección se realice mediante sistemas de grabación, y pueda reproducirse está en la vista oral, siempre que no cause indefensión al acusado. La causa de ello es evitar, dentro de lo posible, la revictimización, con continuas declaraciones, si bien no ha de perderse el norte que el acusado ha de defenderse, dada la presunción de inocencia (y no al revés).
Podéis descargaros el cuadro comparativo en formato «PDF» en el siguiente enlace:
Espero os sea útil, a cuidarse.
Deja una respuesta