¿Cuáles son los límites de la libertad de expresión?

Rojas Delgado - Abogado Penalista > Blog > delito de odio > ¿Cuáles son los límites de la libertad de expresión?

Cómo punto de partida, tanto los Tribunales supranacionales como patrios, han considerado la libertad de expresión cómo un factor clave (si bien no único) con el fin de la valoración de la calidad democrática de un país. A modo de ejemplo, tenemos el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, desde la sentencia Handyside, contra Reino Unido, fechada el día 7 de diciembre de 2017, así como, sentencia de nuestro Tribunal Constitucional n.º 235/2007, de 7 de noviembre, STC 112/2016, de 20 de junio, entre otras.

En consecuencia, si bien no es un parámetro único, es un indicador importante en relación a la consideración cómo democracia de una sociedad, siendo que no basta que las Instituciones proclamen dicha libertad en sus textos normativos, sino que la sociedad, entendida cómo conjunto de individuos integrantes de un Estado, pueda expresarse libremente, respetando los límites que luego citaremos. Es decir, una sociedad no es democrática si las personas no son capaces de conversar, por ejemplo, de política o cualquier tema que pueda generar controversia, sin acudir a la violencia verbal, e incluso física, amparándose en el paraguas de una supuesta ofensa del otro, que no es más que una manifestación subjetiva de su propia intolerancia; por mucho que esté asentada dicha libertad en las Leyes.

Dicho esto, y desde el prima de los Tribunales citados en el primer párrafo ¿Qué estaría dentro de la libertad de expresión?:

Ideas, opiniones y críticas, aunque está no tenga sustancia ni fundamento, es decir, decir tonterías, pamplinas o «carajotadas», según el término que se use en cada región, está dentro de la libertad de expresión. Es decir, lo típico que escuchamos: «¿cómo puedes decir esa tontería?, pues puede, otra cosa, es el adjetivo calificativo que quiera dársele a dicha persona, siempre sin llegar al insulto.

También las ideas, opiniones y críticas, pueda molestar, inquietar o disgustar a quien se dirige, pues así lo requieren el pluralismo, la tolerancia y el espíritu de apertura, sin los cuales no existe sociedad democrática. Incluso, las que puedan considerarse equivocada o peligrosa, incluso en contra del propio sistema democrático, incluida, las voces que sostienen que no vivimos en una democracia en España, e incluso, que no quieren las democracia en España. Los ciudadanos no podemos ser policía de la democracia, no tenemos una democracia militante, quién diga que quiere un sistema dispar a la democracia, allá él.

¿Qué no está incluido en la libertad de expresión?

El discurso del odio, es decir, bajo el argumento de la libertad de expresión no puede incentivarse la vulneración de otros derechos fundamentales cómo la igualdad y la no discriminación. En el buen entendido, que cómo toda confrontación entre derechos fundamentales, se tendrá que estar al caso, para comprobar si existe un libertinaje en la expresión porque objetivamente conculcan la dignidad humana, no teniendo cabida aquí los «grupos de ofendidos», tiene que examinarse no sobre la base de lo susceptible que sea el Juez, sino parámetros de normalidad dentro del contexto en el que se vierten las expresiones. Por ejemplo, en la STC 136/1999, de 20 de julio, se dijo: la utilización de símbolos, mensajes o elementos que representen o se identifiquen con la exclusión política, social o cultural, deja de ser una simple manifestación ideológica para convertirse en un acto cooperador con la intolerancia excluyente, por lo que no puede encontrar cobertura en la libertad de expresión», cuya finalidad es «contribuir a la formación de una opinión pública que merezca el calificativo de «libre»». Ejemplo: Iniciar una campaña en pro que los homosexuales dejen de ocupar cargos públicos.

Y por supuesto, está fuera de la libertad de expresión, el insulto y la difamación de una persona o colectivo. Ejemplo: ir diciendo por el barrio, que el dueño del ultramarino de tu barrio, al cual el vecino/a, no puede ver, vende tabaco de contrabando o alcohol a menores, conociendo que es incierto.

Espero os haya sido útil.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *